viernes, 13 de junio de 2008

PARTES Y PRESUPUESTO MUNICIPAL

ESTIMADOS VECINOS DE PAC:
En esta oportunidad me ha correspondido Asesorar al Concejal Ernesto Araneda Briones, quién me ha solicitado participar de la comisión de finanzas del Concejo, abordando el tema "Proyecto de Presupuesto Municipal 2008". En el análisis de la Memoria Explicativa de este instrumento, resalta una asignación denominada "ingresos por infracciones cursadas por carabineros " MM$ 421.650,765, este valor es proyectado al año 2008, quedando a la vista una asignación perversa de acuerdo a un "ranking" de multas cursadas por las unidades de carabineros presentes en la comuna y más aún con un incentivo que el Municipio le otorga a Carabineros por servicios prestados. Con esta percepción de la comunidad, en que carabineros de Chile debe aportar con un monto de dinero al presupuesto Municipal, es un signo de "corrupción encubierta amparada en la Ley", identificada por los vecinos que "observan" como esta entidad pública sale a la "caza" de infractores, debiendo obtener un monto mínimo diario el que es "chequeado" por el ALCALDE desde su sistema operativo en" línea con el Juzgado de Policía Local". Si a esta situación sumamos la asignación de responsabilidad judicial ( Ley 20.008) MM$ 5.405.352 de beneficio del Señor Juez de Policía Local por "calificación de su función administrativa" y luego nos trasladamos a la interpretación de la Ley 19.816 Art. 200 Bis que señala Sic " iniciar de cualquier otra forma procesos por infracciones relativas a la velocidad, se establece un rango de tolerancia general de 5 kilómetros por hora, que deberá sumarse a los límites de velocidad del artículo 150. Esta interpretación que queda en manos del Juez de Policía local para calificar la infracción de grave o gravísima le permite "generar" recursos adicionales ya que la multa varía de 1 a 1,5 UTM falta Grave y Gravísima 1,5 a 3 UTM. (VALOR UTM $ 35.648) el límite para la calificación de la falta está en 5 Km por hora que pueden ser adicionados o no, a la velocidad permitida. Como Usted, VECINO DE PEDRO AGUIRRE CERDA puede observar, la LEY permite un acto corrupto en su génesis. ¿Cómo se nos pide respetar a la autoridad ( Municipio - Carabineros - Justicia) si están coludidos en un acto que perjudica la obtención de Justicia de los ciudadanos?.

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